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La NO violencia

La NO violencia no es la simple ausencia de violencia.

  • La NO violencia es tener la oportunidad de hacer daño y abstenerse de hacerlo.
  • Es el reflejo del amor y la compasión humanas; es tan inseparable como la bondad de la compasión.


SS El Dalai Lama

La violencia es el miedo a los ideales de los demás.

Mahatma Ghandi 

2008 Religious Freedom

2008 Annual Report on International Religious Freedom

Oct.7 (DP.net).-  US Secretary of State, Condoleeza Rice, introduced to the public on September 19, this Annual Report covering the 12 months ended on 20 June 2008.  This report has been issued annually for 10 years since the US Congress approved the International Religious Freedom Act (IRFA) of 1998.  The report is now available to the public on the Internet >>HERE and institutions may get free hard copies if requested.

This work supplements the most recent Human Rights Reports by providing additional detailed information with respect to matters involving international religious freedom. It includes individual country chapters on the status of religious freedom worldwide.  According to the Report, the IRF Act requires «the designation of countries that have "engaged in or tolerated particularly severe violations of religious freedom" during the reporting period».

Following its precise guidelines, the Report has designated Burma, China, North Korea, Iran, Sudan, Eritrea, Saudi Arabia, and Uzbekistan as "Countries of Particular Concern". In addition, "countries where religious freedom is of significant concern" include Afghanistan, Algeria, Cuba, Egypt, India, Indonesia, Iraq, Israel, Malaysia, Pakistan, Russia, Sri Lanka, Turkmenistan, Uzbekistan, Venezuela and Vietnam.

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DECLARACIÓN DEL V FORO PARALELO DE DERECHOS HUMANOS.Ginebra, 6 de abril del 2006 PDF Print E-mail
El recién creado Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas presenta a la comunidad internacional una oportunidad histórica para lograr un mejor posicionamiento de la agenda de los derechos humanos, y para señalar a esos países violadores de los mismos, en busca de mecanismos que promuevan y protejan las libertades fundamentales en todo el mundo. La resolución aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el pasado 15 de marzo incluye mejoras a la previa Comisión y contiene reformas positivas como la limitación de la membresía para los Estados por un periodo de tres años sin poder ser reelectos de inmediato después de dos términos consecutivos, y que los miembros electos del Consejo deben demostrar su compromiso con la promoción y protección de los derechos humanos y cooperar directamente con el Consejo, además de estar sujetos a escrutinio bajo los periódicos procesos de evaluación durante el término de sus membresías.

La posibilidad de que Estados miembros del Consejo que cometan violaciones “sistemáticas” de los derechos humanos puedan ser expulsados por un voto de los miembros es un  paso en la dirección correcta y un punto de progreso. El problema es que junto a estas reformas hay frases y omisiones que causan gran preocupación. Es inquietante que la membresía del Consejo esté abierta  a todos los Estados miembros, sin importar su historial en materia de derechos humanos si logran el voto de una  mayoría simple de los 191 países que integran la Asamblea General de Naciones Unidas, y que la expulsión por abusos sistemáticos a los derechos humanos requiera el voto de dos tercios del organismo. Esta es una medida contradictoria, pues consideramos que debe ser al revés y que para lograr la membresía, un Estado debe contar con los votos de dos tercios de la mayoría, y  que debe bastar el voto de una mayoría simple para ser expulsado por violaciones sistemáticas de los derechos humanos. Si se mantiene la estructura actual va a ser fácil para los países violadores ocupar un puesto en el Consejo y  más difícil su expulsión. Al mismo tiempo, la asignación de cuotas específicas  regionales  significa que continuarán las negociaciones “entre bastidores”  llevándose a cabo dentro del nuevo sistema.

La Asamblea General decidió “asegurar universalidad, objetividad y no-selectividad en la consideración de los asuntos concernientes a los derechos humanos y la eliminación de dobles estándares y politización”. Sin embargo, la afirmación anterior puede llevar a profundos errores ya que muchas veces la llamada “imparcialidad” se convierte en inacción, y la “objetividad” ante la injusticia puede llevar a la entidad a convertirse en cómplice de los victimarios. Por tanto, consideramos que el único ideal que debe regir las decisiones de este Consejo es el respeto irrestricto y el apego al respeto de los derechos universales del ser humano.

A pesar de que el Consejo reconoce “que las Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) juegan un papel importante a nivel nacional, regional e internacional en la promoción y protección de los derechos humanos”, no menciona la necesidad de reformar los métodos de acreditación de ONGs en el ECOSOC, dejando las normas de procedimiento como estaban establecidas anteriormente. Esta decisión es una clara indicación de cómo la Asamblea General valora la participación de las ONGs, tomando en cuenta que a las ONGs le coartaron su presencia en la Sexagésima Segunda reunión de la Comisión de Derechos Humanos.

Hacemos un llamado a las ONGs y países que promueven y defienden el respeto a los derechos humanos a que tomen la iniciativa en este momento crítico para asegurarnos que realmente se logren avances antes de que sea muy tarde, y reiteramos nuestro compromiso de continuar abogando por lograr todas las reformas necesarias para que el nuevo Consejo responda efectivamente al espíritu y mandato con que fue creado. Hay mucho en riesgo y muy poco tiempo para lograrlo.

Declaración suscrita por las organizaciones no gubernamentales y activistas de derechos humanos al término del V Foro Paralelo en Ginebra, Suiza el 6 de abril del 2006.

Para mayor información:
Sylvia G. Iriondo
www.marporcuba.org
e-mail:
Denuncias / Reports
 
 

Denuncias de violaciones de los derechos humanos

La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas recibe anualmente alrededor de 400,000 denuncias de violaciones a los derechos humanos, de los que gran parte llegan a través del número de fax de emergencia que funciona las 24 horas del día: (41-22) 917-0092. Cada año, se reciben por esta vía casi 200,000 comunicaciones informando sobre violaciones.

Las denuncias de violaciones de derechos humanos también se pueden hacer a través de la página en Internet del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.  Además, DemocraciaParticipativa.net pone a disposición de todos esta página interactiva para recoger y retrasmitir todo tipo de denuncias e informes.

Reporting human rights violations

The Office of the UN High Commissioner for Human Rights receives some 400,000 complaints on human rights violations every year.  Many of them are received through the emergency Fax available every day for 24 hours:  (41-22) 917-0092.  This fax number receives some 200,000 reports per year.

Everyone may also send their complaints through the UN High Commissioner for Human Rights.  In addition, ParticipatoryDemocracy.net has this interactive page available for publishing complaints and other reports on human rights.

 
 
 
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