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FORO PARTICIPATIVO / PARTICIPATIVE FORUM
 
Yaxys Dallan
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Derechos Humanos: dos visiones enfrentadas - 2008/09/06 13:37 :
Publicado en Convivencia Cuba

Por Yaxys D. Cires Dib

La defensa y observancia de los derechos humanos a nivel internacional enfrenta por lo menos dos problemas nada nuevos: por un lado, la noción que todavía se tiene acerca de la soberanía, y por otro, el hecho de que los mecanismos que existen dependen básicamente de la voluntad de los estados.

Es una paradoja que, a pesar de los grandes cambios en los campos económicos y socioculturales que ha generado la globalización, los estados sigan aferrados a una idea de soberanía poco acorde a los tiempos que se viven. Una noción de esta, entendida en términos absolutos que censura cualquier señalamiento proveniente del exterior sobre algún asunto ‘interno’ o ‘nacional’. Es la soberanía utilizada como telón de acero.

La historia nos demuestra que la mayoría de las veces que se ha utilizado el discurso soberanistaha sido y es para: manipular a los propios ciudadanos que se apasionan al oír expresiones cargadas de un sentido nacional, impedir cualquier crítica con respecto a las violaciones de los derechos humanos y para llevar a cabo nacionalizaciones económicas. Por ello, esta idea de soberanía al final se vuelve contra el mismo pueblo que le aplaudió y que ahora no tiene a quién acudir para denunciar los atropellos de los gobiernos.

El otro problema mencionado es que la mayoría de los mecanismos existentes en esta materia dependen de la voluntad de los propios estados. Por ejemplo, en el Consejo de Derechos Humanos decidir si se aprueba o no una resolución conminando a un estado a respetar los derechos de los ciudadanos está en manos de los estados miembros de la misma que mediante sus votos manifestarán su voluntad. En ese sentido, difícilmente un gobierno violador de los derechos humanos vote a favor de una resolución que condena a otro violador, o pocas veces veremos a un gobierno votar en contra de un fuerte aliado económico. Pero, como si fuera poco, hemos contemplado cómo países de dudosa o ninguna calidad democrática han llegado a presidir órganos de este tipo. Así las cosas, los mecanismos quedan a merced de intereses muy alejados de los verdaderos motivos de su existencia.

En el campo de los tratados y convenciones internacionales sobre los derechos humanos tengamos presente que los estados son libres de formar parte de ellos o no. Es un acto soberano de cada uno. Solo hay determinadas prácticas a nivel internacional, como el genocidio, que están prohibidas independientemente de que él sea parte del instrumento internacional que las condena. Pero lo común es que cuando ocurre alguna violación de los derechos humanos la gente que sabe de esto se pregunte si el estado en cuestión es signatario de los pactos y convenciones del sistema de Derecho Internacional, porque todos sabemos que la Declaración Universal solo obliga moralmente.

Enfrentados a esta realidad han evolucionado otros aspectos que creo son los que hay que defender en cada instancia o foro internacional: la universalidad del respeto a los derechos humanos y el carácter erga omnes de su defensa.

Por medio de su universalidad, todos los estados tienen el deber de promover y respetar los derechos humanos con independencia de cualquier particularidad:

“Los estados tienen el deber de promoverlos y respetarlos, con independencia de cualquier particularidad nacional o regional y de las concepciones propias de las distintas culturas y religiones existentes (Declaración de Viena de 1993; Res. 48/141 de la A.G. de la ONU). Pues tales particularidades y concepciones, aunque puedan modular su ejercicio, no justifica en modo alguno que los derechos y libertades fundamentales sean desconocidos ni que las limitaciones establecidas por las normas internas puedan llegar a afectar su contenido esencial (…)”1

Ningún gobierno o grupo político puede justificar sus actos violatorios alegando realidades culturales, vecindad con estados supuestamente hostiles ni la vivencia de determinados procesos políticos o sociales. En ese sentido resulta esclarecedor también lo expresado en la Constitución Pastoral “Gaudium et Spes” del Concilio Vaticano II:

“Según las diversas regiones y evolución de los pueblos pueden entenderse de diverso modo las relaciones entre socialización y la autonomía y el desarrollo de la persona... de todos modos, es inhumano que la autoridad política caiga en formas totalitarias o en formas dictatoriales que lesionen los derechos de la persona o de los grupos sociales”2

El segundo aspecto es el carácter erga omnes de la protección de los derechos humanos. Es decir, que la observancia del respeto a los mismos incumbe a todo Estado con respecto a la comunidad internacional en su conjunto y de ésta con respecto a cualquiera de los Estados miembros: “de este modo están facultados para reclamar su respeto, frente a una vulneración grave, allí donde ocurra, aunque no afecte a sus nacionales”3. Ante ello ningún Estado puede alegar legítimamente respeto a su soberanía.

Esta idea ha recibido recientemente el espaldarazo del Santo Padre Benedicto XVI al expresar en su discurso ante la Asamblea de la ONU lo siguiente:

“Si los Estados no son capaces de garantizar esta protección, la comunidad internacional ha de intervenir con los medios jurídicos previstos por la Carta de las Naciones Unidas y por otros instrumentos internacionales. La acción de la comunidad internacional y de sus instituciones, dando por sentado el respeto de los principios que están a la base del orden internacional, no tiene por qué ser interpretada nunca como una imposición injustificada y una limitación de soberanía. Al contrario, es la indiferencia o la falta de intervención lo que causa un daño real.”4

En fin, creo que el sistema de Derecho Internacional y sus instituciones deben avanzar cualitativamente en el respeto y defensa de los derechos humanos, labor en la que la voluntad política de los gobernantes es y será fundamental.

Provoca una profunda tristeza contemplar cómo existen regiones olvidadas y no solo por la ONU sino por lo que llamamos ‘Occidente’. Pueblos como Darfur que a pocos importa, ya que al parecer protestar en contra de lo que en estos sucede no aporta réditos políticos a nivel nacional. Es por ello, que junto a la participación de los estados, la defensa de los derechos humanos también requiere una sociedad civil internacional activa y comprometida capaz de movilizarse ante los constantes atropellos. Las guerras de dudosa legalidad no son los únicos golpes que se infringen al Derecho Internacional, también lo son las violaciones a los derechos humanos que día a día se cometen y que, por la indiferencia o hipocresía internacional, quedan impunes.

ciresdib@gmail.com

[1] SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, L.: Curso de Derecho Internacional Público. Madrid. Tercera edición, Thomson. 2003, p. p 751-752.
[1]CONCILIO VATICANO II. Constitución Pastoral Gaudium et Spes, Santa Sede. 1965. Disponible en:http://www.vatican.va/archive/hist_councils/ii_vatican_council/documents/vat- ii_const_19651207_gaudium-et-spes_sp.html
[1] SÁNCHEZ RODRIGUEZ, L. (2003) op. cit. 752.
[1] BENEDICTO XVI, Discurso en la Asamblea General de las Naciones Unidas (2008). Disponible en: http://www.zenit.org/article-26997?l=spanish
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Gerardo E. Martínez-Solanas
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Posts: 315
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Re:Derechos Humanos: dos visiones enfrentadas - 2008/09/07 13:50 :
El nacionalismo fue necesario para impulsar y hacer cristalizar el principio de libre determinación de los pueblos. Una vez superada la etapa descolonizadora, los países más avanzados se libraron de ese lastre para entrar en una nueva etapa progresista de internacionalismo e integraciones regionales. La idea de grandes federaciones o confederaciones se convierte así en una suma de esfuerzos comunes hacia un mayor desarrollo y prosperidad.

Pero es precisamente ese nacionalismo, otrora necesario para afirmar la identidad nacional, el que se convierte en lastre de los pueblos gobernados por los intereses mezquinos y estrechos de las dictaduras y las teocracias. El mayor empeño de tales regímenes de corte totalitario es tergiversar el concepto de soberanía con el discurso nacionalista que apela a las emociones y resentimientos populares.

Al convertir el principio de soberanía en un concepto nacionalista, destruyen su sentido real. La humanidad ha evolucionado lo suficiente para comprender y aceptar que la soberanía radica en el pueblo y no en el Estado, pese a todos los discursos que pretendan convertir al Estado en tutor del pueblo y en fuente exclusiva de la autoridad. Esto es así, como bien lo señala Yaxys en otras palabras, porque ni el Estado ni las leyes que se promulgan bajo su autoridad pueden nunca anteceder al derecho natural, que es fuente de los derechos humanos.

Los derechos humanos no dependen de decisiones gubernamentales. No dependen tampoco de decisiones mayoritarias. Son principios inalienables. Por eso, como bien dice Yaxys, basándose en la "Gaudium et Spes", "nignún gobierno o grupo político puede justificar sus actos violatorios [de los derechos humanos y las libertades fundamentales] alegando realidades culturales, vecindad con Estados supuestamente hostiles ni la vivencia de determinados procesos políticos o sociales".

Además, los derechos humanos son también indivisibles. Un derecho no es más importante que otro. No tiene precedencia sobre otro. No tiene prioridad. Tampoco puede aplicarse para favorecer a unos a costa de los demás.

La aplicación de estos derechos producen a veces delicados conflictos. Por ejemplo, ¿hasta donde llega el derecho a la privacidad frente al derecho a la información y a la libre expresión? Los juristas tienen que afinar la punta de la ley en estos casos. Pero la justicia tiene la finalidad de establecer para cada derecho una oblligación correspondiente.

En este sentido, es muy interesante observar que los cubanos que luchan por una transición hacia la democracia en Cuba hayan logrado redactar un documento de consenso -avalado por una gran diversidad de grupos que participaron en el proyecto dentro y fuera de Cuba- titulado "Carta de Derechos y Deberes fundamentales de los cubanos". Lo más sobresaliente de este esfuerzo es la inclusión en el texto de todo un articulado orientado a definir los deberes hacia la nación, los deberes hacia la comunidad y los deberes hacia la persona humana. Por otra parte, una organización no política, con sede en San José, California, proclamó en 2005 la "Declaración Rosacruz de los Deberes del Hombre" que también merece reflexión. La Iglesia Católica destaca dentro del ámbito de su doctrina social con la inclusión de los deberes humanos en muchas de sus encíclicas y enseñanzas también. Las enseñanzas de la Iglesia insisten en la reciprocidad que existe entre derechos y deberes porque a un derecho de cualquier tipo corresponde, de hecho, la obligación de reconocerlo, respetarlo y reclamarlo “pues, aquellos que al reivindicar sus derechos se olvidan de sus deberes o no les dan la conveniente importancia, se asemejan a los que deshacen con una mano lo que hacen con la otra” [Pacem in Terris].
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